La próxima reforma de la Ley de Dependencia y Discapacidad: más derechos y menos barreras

El Gobierno ha aprobado el Anteproyecto de ley para la reforma de la Ley de Dependencia y Discapacidad, una iniciativa que busca mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad y sus familias, eliminando barreras y garantizando derechos esenciales. Esta reforma introduce importantes avances en materia de dependencia, accesibilidad y otros derechos fundamentales.

El Consejo de Ministros en su reunión del 11 de febrero de 2025, ha aprobado el Anteproyecto de Ley para la reforma de la Ley de Dependencia y Discapacidad, que busca mejorar la calidad de vida de las personas con necesidades de apoyo y sus familias. Esta iniciativa introduce cambios sustanciales en materia de accesibilidad, atención personalizada y derechos fundamentales, eliminando barreras burocráticas y permitiendo una mayor flexibilidad en la elección de prestaciones y servicio

1. Principales objetivos de la reforma

La nueva normativa tiene como propósito:

  • Garantizar el acceso universal a la teleasistencia y otros servicios esenciales.
  • Eliminar incompatibilidades entre prestaciones para una mayor personalización.
  • Agilizar los trámites administrativos y reducir la burocracia.
  • Crear un marco normativo que refuerce la accesibilidad en espacios públicos y privados.
  • Establecer derechos adicionales para personas con dependencia y discapacidad.

2. Cambios clave en la Ley de Dependencia

2.1. Ampliación de los derechos de las personas dependientes

  • Acceso universal a la teleasistencia: Todas las personas en situación de dependencia tendrán derecho a este servicio, sin restricciones presupuestarias.
  • Flexibilización del Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD): Se amplían las funciones de los profesionales del SAD para incluir acompañamientos a citas médicas y gestiones cotidianas.
  • Compatibilidad de prestaciones: Se elimina el régimen de incompatibilidades entre servicios, permitiendo que los beneficiarios combinen distintas ayudas según sus necesidades.
  • Eliminación del periodo de carencia en la Prestación Económica para Cuidados en el Entorno Familiar (PCEF): Los beneficiarios podrán acceder a esta ayuda sin el requisito previo de dos años.
  • Reconocimiento de cuidadores no profesionales: Ahora, los amigos de la persona dependiente podrán ser reconocidos oficialmente como cuidadores.

2.2. Cambios en la evaluación económica y penalizaciones

  • La vivienda habitual deja de computar como patrimonio para el cálculo de prestaciones.
  • No habrá sanciones para quienes rechacen servicios no adaptados a sus necesidades, como una plaza de residencia que no les convenza.

2.3. Participación en el Plan Individual de Atención (PIA)

  • Se otorga a las personas dependientes el derecho a intervenir en la elaboración de su PIA, asegurando su autonomía en la toma de decisiones.
  • Se eliminan los recortes económicos en la prestación de servicios y ayudas.

2.4. Asistencia personal y procesos administrativos

  • La asistencia personal deja de ser una prestación y pasa a considerarse un servicio, aunque cada comunidad autónoma decidirá su implementación.
  • Se agilizarán los trámites para personas en especial vulnerabilidad, estableciendo procesos de urgencia.
  • Los profesionales de centros de mayores deberán presentar un certificado de delitos sexuales para reforzar la seguridad de los residentes.

3. Reforma en accesibilidad: un derecho garantizado

3.1. Creación del Fondo Estatal de Accesibilidad Universal

  • Se destinarán recursos estatales para financiar la eliminación de barreras arquitectónicas en viviendas y edificios públicos.

3.2. Cambios en la Ley de Propiedad Horizontal

  • Obligación de realizar obras de accesibilidad en edificios donde residan personas con discapacidad.
  • Subvenciones y ayudas estatales para la adaptación de viviendas y comunidades de vecinos.
  • Ampliación del plazo de pago de las cuotas para sufragar obras de accesibilidad.

4. Reforma de la Ley de Discapacidad

4.1. Eliminación de discriminaciones en seguros

  • Se prohíbe a las aseguradoras rechazar la contratación de seguros de salud o de vida a personas con discapacidad.

4.2. Tecnología y accesibilidad

  • Se supervisará el desarrollo de inteligencia artificial para evitar sesgos discriminatorios.
  • Se designará a las personas con discapacidad como grupo de interés preferente en ciencia y tecnología.

4.3. Protección de colectivos vulnerables

  • Se garantizará el acceso a servicios de atención temprana para niños con discapacidad.
  • Se reforzará la protección de mujeres con discapacidad en materia de salud sexual y reproductiva.

Resumen de la reforma

ÁmbitoNovedades
Dependencia– Teleasistencia reconocida como derecho. – Ampliación del Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD) para incluir acompañamientos y gestiones. – Posibilidad de combinar varias prestaciones sin incompatibilidades. – Eliminación del periodo de carencia de dos años para acceder a la Prestación Económica para Cuidados en el Entorno Familiar (PCEF). – Se permite que amigos puedan ser cuidadores no profesionales.
Cálculo de capacidad económica– La vivienda habitual deja de computar para determinar la capacidad económica del beneficiario. – No habrá sanciones para quienes rechacen servicios que no se ajusten a sus necesidades.
Plan Individual de Atención (PIA)– Derecho garantizado a participar en la elaboración del PIA.
Asistencia Personal– Deja de ser una prestación y pasa a ser un servicio (dependiendo de cada comunidad autónoma).
Procesos administrativos– Tramitación urgente para personas en especial vulnerabilidad.
Seguridad en centros de mayores– Exigencia de certificado de delitos sexuales para profesionales que trabajen con personas dependientes.
Accesibilidad– Creación del Fondo Estatal de Accesibilidad Universal. – Reforma de la Ley de Propiedad Horizontal para obligar a realizar obras de accesibilidad en edificios con personas con discapacidad.
Subvenciones– Ayudas estatales para la adaptación de viviendas. – Ampliación del plazo de pago para sufragar obras de accesibilidad en comunidades de vecinos.
Atención integral– Coordinación entre los servicios sanitarios y sociales para una atención más efectiva.
Derechos de las personas con discapacidad– Se prohíbe la discriminación en la contratación de seguros de salud y vida.
Uso de tecnología– Supervisión de la inteligencia artificial para evitar sesgos discriminatorios.
Enfoque de género y atención temprana– Garantía de derechos específicos para mujeres con discapacidad. – Desarrollo de servicios de atención temprana para niños y niñas con discapacidad.